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SOBRE CÓMO TRATAR DE EVITAR UNA MEDALLA MERECIDA

Por Alberto Llana

Hace un lustro publiqué un comentario que versaba sobre un mando de la Guardia Civil que para evitar que le pudieran exigir responsabilidades acerca de una evidente negligencia suya optó por incoar un expediente a un subordinado que no cumplió una orden que nunca llegó a recibir. Y no es que esa sea una conclusión propia sino que estaba amparada en una sentencia del Tribunal Militar Central. Lo expuesto es un hecho que suele ocurrir algunas veces aunque en muy pocas ocasiones cuenta con un soporte fáctico del calibre de un Fallo de una Sala de Justicia. En relación directa con lo dicho toca comentar en esta ocasión de qué forma se puede llegar a evitar la concesión de una medalla bien merecida por parte de un componente del Cuerpo que estuvo a punto de perder la vida en una actuación policial.-

Pues bien, el compañero al que me refiero resultó gravemente herido durante un servicio propio del Cuerpo. Durante su estancia en el hospital recibió la visita del Oficial al mando de su Compañía territorial, el cual, para tratar de levantarle el ánimo, le trasladó que le iba a proponer para la concesión de una medalla, palabras que se llevó el viento a buen seguro porque, tras analizar detenidamente la situación, el Oficial llegó a la conclusión de que si se instruía un expediente para justificar la concesión de la distinción podría salir a la luz el hecho de que reiteradamente le habían solicitado refuerzos para afrontar una situación que se preveía muy peligrosa, recibiendo la negativa por su parte. Pasado un tiempo más que prudencial y ante la evidencia de que la propuesta no había sido realizada, se le inquirió directamente, respondiendo el repetido Oficial que sí la había cursado por conducto reglamentario, sin embargo en la Comandancia nada sabían acerca de tal propuesta. Por ello, finalmente, fue el Comandante de Puesto del guardia herido quien decidió cursar la solicitud de medalla, relatando lo acontecido el día de autos.-

Dado que la petición hubo de pasar por las dependencias de la Compañía, el tan repetido Oficial, viendo el cariz que tomaban los acontecimientos, decidió emitir un parte disciplinario acusando al Comandante de Puesto de elaborar un informe que no se ajustaba a la realidad, tipificado como falta grave en el régimen disciplinario de la Benemérita. Recibido el parte en la Asesoría Jurídica de la Guardia Civil, y tras analizarlo, se decidió incoar un expediente disciplinario para esclarecer si lo aseverado por el Comandante de Puesto en su solicitud se atenía a la realidad de los hechos o bien estaba falseado o desvirtuado. El efecto que produce una situación de este tipo es que cualquier iniciativa encaminada a averiguar si el guardia era merecedor de una condecoración se queda a la espera del resultado del procedimiento disciplinario ya que, de resultar incierta la petición de medalla, no tendrá sentido comenzar un procedimiento para su concesión. Cabe recordar en este momento lo que establece la norma por la que se regula la Orden del Mérito de la Guardia Civil, en su artículo 15.1: «En el expediente por propuestas extraordinarias se incluirá el nombramiento de un instructor y de un secretario, ambos pertenecientes al Cuerpo de la Guardia Civil. El instructor habrá de tener la categoría de Oficial. En el expediente constará, además de la propuesta inicial, cuantos informes se consideren necesarios para el mejor esclarecimiento y valoración de los hechos. Se unirá al expediente, en caso de que sea posible y pertinente por los hechos a juzgar, la declaración del propuesto y la de testigos presenciales o conocedores de las circunstancias que rodearon tales hechos, y de tratarse de componentes del Cuerpo de la Guardia Civil, se unirá además la documentación personal de los mismos».-

En el caso concreto que comento resulta que el procedimiento disciplinario ha terminado con una rotunda declaración de no responsabilidad por parte del Comandante de Puesto y el consiguiente archivo de las actuaciones. En el informe final de la Asesoría Jurídica del Cuerpo se afirma lo siguiente: «En definitiva, el objeto del informe no fue otro que elevar una propuesta de condecoración para un componente del Cuerpo por unos hechos que son esencialmente ciertos, indebidamente adornados, pero ciertos». Y ahora, tras este reconocimiento explícito de la veracidad de lo relatado, ¿Seguirá adelante el procedimiento de concesión de medalla o le echarán más tierra por encima?

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