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PASIVIDAD ANTE LOS CAMBIOS EN CLASES PASIVAS

Por Alberto Llana


El conocido como Régimen de Clases Pasivas cuenta con antecedentes históricos que se remontan a la Edad Media ( https://gijontrasgu.wixsite.com/website/post/el-sistema-de-clases-pasivas ), aunque este sistema de protección, como tal, nacería en 1835 al recoger la ley presupuestaria de ese año por primera vez el compromiso del Estado de abonar pensiones a sus empleados con cargo al erario público. Tras muchos proyectos fallidos en orden a regular legalmente un régimen asistencial de forma coherente, en 1926 se logra unificar la inconexa normativa y la variedad de regímenes que surgieron en años pretéritos a través del Real Decreto-Ley de 22 de octubre de 1926, del Estatuto de Clases Pasivas del Estado. Está integrado por trabajadores que no cotizan a la Seguridad Social, compuesto principalmente por funcionarios de carrera de carácter civil de la Administración del Estado; personal militar de carrera y de las Escalas de complemento y reserva naval, de tropa y marinería profesional que tuviera adquirido el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro; funcionarios de carrera de la Administración de Justicia, de las Cortes Generales o de otros órganos constitucionales o estatales, siempre que su legislación reguladora así lo prevea o los expresidentes, vicepresidentes y ministros del gobierno de la nación, aunque la lista es un poco más larga en atención a lo recogido en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 670/1987. Clases Pasivas garantiza la protección frente a los riesgos de vejez, incapacidad, muerte y supervivencia y en el mes de julio de 2020 el número de pensionistas incluidos en este régimen especial ascendía a 652.905 personas, con un presupuesto superior a los 15.500 millones de euros de los cuales -aproximadamente- un 86% son aportados por el Estado y cuya gestión corresponde al Ministerio de Hacienda a través de su Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.-

Como es sabido, el sistema está llamado a desaparecer desde que el Real Decreto-Ley 13/2010 estableciera que todos aquellos funcionarios que comenzaron a trabajar para el Estado a partir del 01 de enero de 2011 formarían parte del Régimen General de la Seguridad Social, por lo cual cada vez habrá menos cotizantes y mayor número beneficiarios, incrementándose las aportaciones de dinero público de forma gradual hasta que constituyan el 100% del presupuesto. El siguiente paso para su aniquilación definitiva vino a comienzos de este año de la mano del Real Decreto 2/2020, que reestructura los departamentos ministeriales y cuyo artículo 22, atinente al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dispone en su punto 1 que “Corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Seguridad Social y clases pasivas...”. Lo que significa que la gestión muda de ministerio, del de Hacienda al de Seguridad Social. Una decisión unilateral del Ejecutivo tomada sin escuchar a las partes implicadas que tuvo su continuidad con el Real Decreto-ley 15/2020, que recoge en su preámbulo “A la luz de la atribución de competencias prevista en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, la organización del nuevo Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones hace necesarias algunas modificaciones normativas para hacer efectiva la integración del Régimen de Clases Pasivas en el citado Ministerio”. Este cambio ministerial se acomete a través de una norma que considero, al igual que otras muchas personas, no apta para esta cuestión y está recurrida ante el Tribunal Constitucional, veremos qué opina al respecto.-


Y llegamos al Real Decreto 497/2020 que establece en su Disposición adicional tercera: “Con efectos de 6 de octubre de 2020, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asumirá las competencias en materia de reconocimiento, gestión y propuesta de pagos de las prestaciones, indemnizaciones, ayudas y anticipos cuyas competencias tenga atribuidas, así como las derivadas del Régimen de Clases Pasivas del Estado”. Mientras que la Disposición adicional cuarta, relativa a la gestión del Régimen de Clases Pasivas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, reza: “1. El Régimen de Clases Pasivas del Estado se gestionará por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. A tal efecto, se atribuyen a dicha Entidad Gestora las funciones de reconocimiento, gestión y propuesta de los pagos de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como la resolución de los recursos interpuestos frente a los acuerdos en materia de Clases Pasivas y las funciones de información y atención al público.

2. Se adscribe al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, a la que le corresponde el ejercicio de las funciones contempladas en el apartado anterior”.-


Por tanto, a partir de primeros de octubre de 2020 el sistema de Clases Pasivas pasa a ser gestionado por la Seguridad Social y desde ese momento el Gobierno de turno podrá aplicar sobre las pensiones el recorte o eliminación de derechos adquiridos que desee. La excusa gubernamental para justificar el traspaso es la de facilitar la gestión del sistema, mejorando su eficiencia, al estar agrupadas todas las pensiones públicas en el mismo departamento. Según fuentes del Ministerio de Seguridad Social, este traslado de organismo «no cambia absolutamente nada». «De momento lo único que se ha transferido o pasado de ministerio es la gestión, para nada se ha modificado el contenido de la legislación. No hay cambios, ninguno». «...y no hay ningún anuncio de que vaya a cambiar, siguen exactamente igual». Este movimiento no tendrá efectos económicos sobre la Seguridad Social porque los fondos para abonar las prestaciones correspondientes a Clases Pasivas proceden de los Presupuestos Generales del Estado y así seguirá siendo.-


Sin embargo el asunto no resulta tan sencillo como exponen. De primeras, eso de facilitar la gestión o mejorar la eficiencia es radicalmente falso, tan solo basta observar el caos imperante a día de hoy en la Seguridad Social. Pretender que creamos que un régimen gestionado por el ministerio de Hacienda y cuya eficiencia resulta envidiosa si la comparamos con la de la Seguridad Social, cambia de ubicación para mejorar ese aspecto, resulta insultante y, por supuesto, intenta encubrir otras razones de fondo. Finiquitar un sistema como Clases Pasivas no es algo que se pueda acometer de buenas a primeras porque los agraviados pondrían en serio aprieto a la Administración y las consecuencias políticas serían aciagas para el Ejecutivo de turno. Por ello van con tiento, sabedores de que el tiempo juega a su favor dado que cada día hay menos beneficiarios del sistema y llegará un momento en que los propios funcionarios que no están integrados en el mismo se planteen las razones de la desigualdad de trato y comiencen a reivindicar iguales derechos para todos. Del mismo modo ocurrirá con los trabajadores en general que comenzarán a preguntarse por qué estando integrados todos en la Seguridad Social determinados servidores públicos tienen unas ventajas para ellos desconocidas, cotizando bastante menos. Sin ir más lejos, la edad de jubilación o la posibilidad de jubilarse a partir de los 60 años. Es decir que llegará un momento, no tan lejano, en que defenestrar Clases Pasivas o minimizar sus ventajas suponga casi una obligación para el gobierno, algo que están deseando desde que le dieron el primer 'zapatazo'.-


Pero es más que posible que la puntilla llegue desde Europa. Todos somos conscientes de la delicada situación económica que atraviesa el país y de nuestra dependencia de los fondos europeos. En este sentido cabe recordar la postura de los estados más contrarios a la asignación partidas monetarias a España e Italia, agrupados en el denominado 'club de los frugales' liderado por Holanda y que exigieron cambios profundos en el sistema de pensiones y en la flexibilidad del mercado laboral español antes de ceder un poco. Traspasar el régimen del Clases Pasivas a la Seguridad Social significa aumentar mucho el gasto en pensiones para un número de beneficiarios muy bajo, comparativamente. Si la totalidad del presupuesto fuese aportado por los interesados no habría problema alguno, pero como se ha señalado antes, a día de hoy tan solo cotizan un 14% del mismo y decreciendo. El sistema se acerca a su fin y de forma más rápida de lo esperado. Ante este panorama cierto la respuesta es la pasividad ¿será por ello que se denomina Clases Pasivas?. Las personas afectadas deberían reaccionar de inmediato.-



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