Escrito por LlanAUGC 13-05-2018
Por Alberto Llana
Hoy 13 de mayo se conmemora la creación de la Guardia Civil (174 años ya...). O al menos lo celebra la mayor parte de los que conocen y estiman al Cuerpo ya que hay quienes lo celebraron hace semanas, concretamente el 28 de marzo. De igual forma también podemos encontrar a personas que, a falta de una, festejan ambas fechas. Y ello tiene su explicación. Concebida el 28 de marzo de 1844, un posterior Decreto del Ministerio de Gobernación -hoy de Interior- de 13 de mayo del mismo año, dispuso la creación del Cuerpo de Guardias Civiles. La primera norma de las descritas adoptó la forma de Decreto al no poder proclamarse ley alguna por encontrarse las Cortes suspendidas y fue redactado por el Subsecretario del Ministerio de la Gobernación, D. Patricio de la Escosura, siendo promulgado en el Gobierno de González Bravo.-
Sin embargo nunca llegó a entrar en vigor, siendo suspendido por el ulterior Decreto de 13 de mayo, convenientemente modificado por el Duque de Ahumada y publicado en el número 3.530 de la Gaceta de Madrid, de fecha 14 de mayo de 1844. A partir de ese momento comienza la organización y despliegue de la Benemérita. Entre ambos decretos existen marcadas diferencias. Mientras en el primigenio se hacía depender a la Benemérita de la autoridad civil en lo concerniente a su funcionamiento, régimen de constitución y desarrollo (el artículo 15 señalaba que el alistamiento sería llevado a efecto por los jefes políticos), se reservaba solamente a la jurisdicción militar las prevenciones concernientes a la organización y disciplina. Tal planteamiento no fue bien visto por el estamento militar y ello ocasionó la reformulación posterior, refrendada por el Ministro de la Guerra, General Narváez.-
El definitivo decreto remarcó la doble dependencia del Cuerpo. El Ministerio de la Guerra se encargaría de la organización, personal, disciplina, material y pago de sueldos y el Ministerio de la Gobernación de todo lo relativo a su servicio peculiar. Con una Plantilla total de 5.769 hombres, se establecía que los ascensos se verificarían con arreglo a su propio Reglamento, que el ingreso como Clase de Tropa lo constituirían licenciados del Ejército permanente o reserva sin notas desfavorables, remitiendo sus instancias por conducto de su alcalde y con informe del cura párroco; deberían tener más de 25 años y menos de 45 y saber leer y escribir. Unas exigencias que, para la época, ya indicaban claramente que se pretendía crear un Cuerpo 'diferente' y con proyección de futuro.-
Como anécdota acerca de lo convulso de los tiempos en que la Benemérita fue creada baste recordar que en el espacio temporal transcurrido entre ambos decretos fundacionales se sucedieron los Gobiernos de Luís González Bravo y de Ramón María Narváez de Campos. Igualmente resulta curioso mencionar que el nombre del Cuerpo se le atribuye a la propia reina Isabel II, aunque quizás la versión más exacta sea la que sostiene que el nombre del Instituto, que figuraba en el primer decreto fundacional, le gustó tanto a la reina que decidió mantenerlo tras la modificación efectuada.-
La importancia de la primera de las normas redactadas, al margen de que sirviera de base a la definitiva y no solo en el nombre, podemos encontrarla también a través de las palabras de los historiadores. Por ejemplo, Ricardo de la Cierva aseguró que “…se fundó al comenzar la primavera de 1844 una Institución capital Española, destinada a pervivir a través de las circunstancias y regímenes más diversos: la Guardia Civil”. Por su parte, la opinión de Benito Pérez Galdós tampoco deja lugar a dudas: “Fue creado en el seno de España un ser grande, eficaz y de robusta vida: la Guardia Civil”. Los originales de ambos decretos se conservan en el Archivo General Militar de Segovia. Felicidades por el 174 aniversario...
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