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RECAUDACIONES

Por Alberto Llana Publicado el 04 de agosto de 2016




En las últimas semanas ha recobrado fuerza la cuestión relativa a la normativa interna de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil a través de la cual ejercen presión sobre los componentes de la misma, con el objetivo puesto en el cumplimiento de las previsiones recaudatorias que la Dirección General de Tráfico proyecta de un año para otro. Siempre me han resultado muy llamativos esos pronósticos monetarios (al margen de otras motivaciones diferentes), por el simple hecho de que destrozan cualquier atisbo referente a que la seguridad y la prevención es lo primordial para la Administración. Se me ocurre que, quizás, fuera más acertado prever gastar lo recaudado un ejercicio anual en el siguiente, sin adelantar acontecimientos, y generando unas expectativas en cuanto a ingresos dinerarios que, a medida que avanza el curso en cuestión, deben ser atendidas por las buenas o por las malas.-


Todo esto de lo que conocemos como el RAI (Resumen de Actividades Individuales), se alumbró en época anterior al gobierno que ahora está en funciones y de una forma bastante burda por cierto. La norma primigenia estaba concebida para valorar el servicio de los agentes en base a una puntuación sencilla. Tantos puntos por denuncia a la ley de seguridad vial, muchos más puntos por una denuncia al reglamento de transportes y mucha menos puntuación por auxilios a los usuarios de la vía. Al final se realizaba una sencilla suma y el que menos ‘palotes’ atesoraba de la Unidad, era apercibido sobre su “bajo rendimiento”, llegando a tener consecuencias económicas negativas, caso de seguir a la cola de la lista puntuadora.-


Tras denuncias de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), el sistema fue introduciendo otros parámetros de calificación, con el fin de complicar su comprensión y justificar lo injustificable. Pero, al final, todo resulta muy sencillo de entender. Se lo explicaba hace un tiempo a un locutor de radio, que dirige un programa relacionado con el mundo del motor y la seguridad vial, del siguiente modo: imagínese que los responsables de su cadena se inventan un sistema de valoración de su trabajo en el cual se le otorgará un punto por cada noticia relacionada con la seguridad vial, dos puntos por cada novedad atinente a nuevos modelos de vehículos que hayan salido al mercado y cuatro puntos por cada apunte referido a los coches que conducen personas famosas. Luego, a final de mes, si la puntuación total no alcanza unos mínimos establecidos por los inventores del sistema, deja de percibir un complemento monetario de varios cientos de euros. La consecuencia a corto plazo es que su programa habrá perdido su esencia y se habrá convertido en un Sálvame de las cuatro ruedas.-


Pues algo muy similar es lo que han conseguido con la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Devaluar la gran labor que durante más de medio siglo han realizado los compañeros de esta Especialidad hasta límites insoportables. Y eso que en 2014 la AUGC consiguió que un Tribunal anulara esa primera norma que he comentado antes. Pero como lo que está en juego, al fin y al cabo, es el vil metal, se las han apañado para aprobar nuevas normas que inciden en el despropósito. Un caso reciente de lo que afirmo es el relacionado con un compañero que, tras sufrir un accidente en acto de servicio y estar casi un mes de baja laboral, fue apercibido por su superior jerárquico sobre su bajo rendimiento en ese plazo de tiempo. Imagino que estar a punto de perder la vida por realizar su servicio del mejor modo posible no es un ‘rendimiento’ adecuado a los estándares que desde hace unos años se han impuesto en la Agrupación.-


La Sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 4 de Cádiz, de fecha 28/01/2014, resalta lo que sigue acerca de la decisión de eliminar el complemento de productividad de un compañero de la Agrupación: “No ha quedado constancia en el expediente administrativo de ninguna otra valoración relativa a la actividad desarrollada por el interesado en el mes de mayo y lo relevante a efectos de complemento de productividad es la actividad y dedicación habitualmente desarrollados en horario diurno de días no festivos y la actividad y dedicación habitualmente desarrollados indistintamente en cualquier turno de días laborables o festivos, considero que el mero reflejo de que, básicamente, ha formulado menos denuncias que otros agentes de la Unidad, no puede actuar como motivación suficiente a efectos de entender que no ha desarrollado la función o prestado servicio que le es propio en los términos que fijan los preceptos citados”.-


Existen muchos otros Fallos judiciales en este sentido, pero considero lo transcrito suficientemente esclarecedor. El que a estas alturas todavía haya componentes del Cuerpo empeñados en decir que mentimos cuando afirmamos que se han cargado el espíritu de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil solo puede obedecer a una simple cuestión. Son parte del problema o, acaso, los palanganeros de los responsables del problema. Espero que, al menos, disfruten de sus treinta monedas de plata.-



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