Por Alberto Llana
Durante estos últimos 12 meses la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha estado recordando sus 25 años de singladura (26 a estas alturas), la cual comenzó oficialmente a principios del mes de octubre de 1994. Efectivamente, los días 6 y 7 se celebró en Madrid el Congreso Constitutivo del Movimiento Asociativo en la Guardia Civil promovido por las dos asociaciones que poco tiempo antes habían logrado su inscripción en el registro correspondiente, al objeto de unificarse e iniciar el camino de la defensa de los derechos sociolaborales de los miembros de la Benemérita. Así, con la unificación de la “Asociación 6 de Julio de Guardias Civiles” y “COPROPER” (Coordinadora Pro-perjudicados por la gestión de Luis Roldán y la corrupción), nacería la mítica COPROPER-6J que luego mutaría su denominación por la actual (AUGC). Corría el año 1991 cuando José Luis Bargados y quien este texto teclea nos lanzamos a intentar el registro de una asociación que defendiera los derechos de todos los profesionales del Cuerpo. Por aquellos tiempos esa osadía podía costarte muy cara -y de hecho costó-, aunque la lejanía mitigue bastante el impacto que en aquellos momentos tuvo sobre nosotros o sobre los promotores de COPROPER. Pero no fuimos los únicos en sufrir las consecuencias, ni mucho menos.-
La sentencia del Tribunal Constitucional 194/1989, de 16 de noviembre, analiza dos recursos de amparo promovidos por Manuel Rosa Recuerda, el famoso “Cabo Rosa” que fue, sigue siendo y será referente en el movimiento sindical clandestino de la Benemérita y pagó un altísimo precio por ello, al igual que otro referente sindical, José Morata Gargallo o el ya tristemente fallecido Manuel Linde Falero, a los que este Estado de Derecho les debe, como poco, un reconocimiento por su lucha por la democratización de una Institución tan importante para el propio Estado de Derecho como es la Guardia Civil. Pues bien, volviendo al 'Cabo Rosa', decir que a comienzos de 1987 intentó registrar los estatutos de la Unión Democrática de Guardias Civiles, asociación de índole profesional, social y cultural que él mismo promovía junto a otros guardiaciviles en situación de Servicio Activo. Por ello presentó en la Delegación del Gobierno de Madrid la solicitud pertinente el 09 de marzo de 1987. Según consta en la sentencia “Al día siguiente se le respondió que por ser la Asociación de ámbito nacional se elevaba con esa misma fecha su solicitud a la Dirección General de Política Interior. El 17 de marzo siguiente dicho Centro directivo devolvía al actor la documentación presentada «por no tener relación con las atribuciones de esta dependencia». El 20 de marzo inmediato, el Letrado don José Francisco Mata Jorge, actuando como representante del ahora demandante de amparo, formuló recurso de alzada ante el Ministerio del Interior, a fin de obtener la inscripción de la Asociación. El 20 de abril siguiente se le comunica que «se ha dado traslado de su recurso citado a la Secretaría de Estado para la Seguridad-Dirección de la Seguridad del Estado, para que por su Registro especial de carácter profesional se adopte, en su caso, la resolución más pertinente en Derecho». No consta en autos respuesta a este traslado”.-
Lo anterior es buena muestra de las trabas que en esa época ponía la Administración cuando los miembros del Instituto mostraban su disposición a asociarse, algo permitido por la ley, al contrario que la sindicación, como bien sabemos. Parecida suerte corrieron las más de treinta asociaciones que a partir de 1991 promovimos Bargados y yo, debiendo librar una lucha jurídica de más de tres años hasta que, por fin, el 26 de julio de 1994, la Audiencia Nacional fallara a nuestro favor ordenando la inscripción registral de la “Asociación 6 de Julio de Guardias Civiles”.-
Continuando con el relato, el Fallo señala que “El 27 de abril inmediato, por el Director General de la Guardia Civil se ordena incoación de un expediente contra el Sr. Rosa Recuerda por presunta falta grave consistente en hacer reclamaciones, peticiones o manifestaciones contrarias a la disciplina o formularlas con carácter colectivo (…). Se adjunta anexa a la citada orden la documentación presentada por el actor en su solicitud de inscripción de la precitada Asociación”. El procedimiento concluyó con la imposición de tres meses de arresto -a cumplir en una prisión militar- al 'Cabo Rosa', por Decreto del Director General de la Guardia Civil de 17 de agosto de 1987, por una falta grave consistente en hacer peticiones contrarias a la disciplina o formularlas con carácter colectivo prevista en la Ley Orgánica 12/1985, del régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas (FAS), que era la norma de aplicación a la Guardia Civil en aquellos momentos.-
Cuando, como señalé antes, en 1991 Bargados y yo comenzamos a presentar los estatutos de diferentes asociaciones con el fin de que accedieran a registrar alguna de ellas, se estaba tramitando una norma específica de régimen disciplinario para la Guardia Civil ya que no era lógico ni normal que el Cuerpo siguiera rigiéndose por el propio de las FAS dado que desde 1986 la Benemérita no estaba encuadrada dentro de ellas. Así, el 19 de junio de 1991 entró en vigor la Ley Orgánica 11/1991. No obstante y en el intento de evitar persecuciones descarnadas como la que sufrió el Cabo Rosa, decidimos impulsar nuestras organizaciones con apoyo de personas ajenas al Instituto. Cabe recordar que para constituir una asociación se exigía un acta fundacional firmada por al menos tres personas. Bargados rubricaba normalmente en combinación con su madre y su esposa, incluso en una ocasión con mi mujer. Yo, por mi parte, las suscribí conjuntamente con mi esposa y la mujer de otro compañero. Tras meses de ser toreados por la Administración sin resultados positivos decidimos acudir a los tribunales de justicia para que se pronunciaran acerca de la inscripción registral de una asociación de guardiaciviles. De las más de treinta que habíamos presentado, escogimos una de ellas, la repetida “Asociación 6 de Julio”, promovida por Bargados, su madre y su esposa, la cual obtuvo un Fallo estimatorio por parte de la Audiencia Nacional, el ya referido 26 de julio de 1994, ordenando su inscripción, Pocas semanas después de ese varapalo judicial, a Bargados lo expulsaban del Cuerpo, situación que se mantuvo un par de años hasta que el Tribunal Supremo sentenció que aquella expulsión había sido contraria a Derecho, ordenando su reingreso. Lograr la inscripción de una asociación fue un sueño convertido en realidad pero no el final del camino, ni siquiera un alto para tomarse un respiro porque quedaba mucho trabajo por delante. Y así, como un suspiro, han transcurrido más de 26 años.-
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