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LA 'PELEA'

  • Foto del escritor: LlanAUGC
    LlanAUGC
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Actualizado: hace 2 horas

Por Alberto Llana Publicado el 17 de mayo de 2017




Leo en un titular de prensa lo siguiente: “La Audiencia Nacional incumple la ley para mantener en la cárcel a los tres de Altsasu”. Infiero que se trata de los encarcelados por la paliza que recibieron los compañeros en Alsasua, hecho sobradamente conocido, y me intereso por el contenido de la noticia y en qué medida se está vulnerando la ley porque solo faltaría que por cuestiones 'técnicas', los presuntos responsables no afrontaran la pena que conllevaría la confirmación de tal presunción. Justo debajo del título se señala que “Se cumplen seis meses del encarcelamiento de los jóvenes navarros, acusados de 'terrorismo' por una pelea con dos guardias civiles...”. Parece quedar claro el sentido de la información que se ofrece ya que considerar una 'pelea' lo ocurrido a mediados del mes de octubre en el bar Koxka es, como poco, una distorsión interesada de la realidad, en el intento de minimizar lo acontecido y comenzar a sembrar la duda sobre la decisión adoptada por la Audiencia Nacional acerca de la prisión provisional para, solamente, tres de los imputados en la causa. Por cierto, número de imputados mucho menor que los partícipes en la brutal agresión sufrida por los guardiaciviles.-


Tras ello sueltan un dato que continúa la misma línea anterior “90 mil kilómetros recorridos y 37.000 euros gastados. Esas dos cifras resumen lo vivido durante los últimos seis meses por tres familias de Alsasua...”. Frente a lo descrito cabría aportar los datos de lo que han sufrido las familias de los apalizados y sus novias que a buen seguro serán más contundentes que los ofrecidos en la noticia, con una consideración adicional y de mayor peso si cabe, que los últimos son las víctimas y los encarcelados los presuntos autores. Se señala también que quienes siguen en la prisión de Soto del Real están sometidos a un régimen de especial vigilancia aplicado a terroristas. Pues que quieren que les diga, de tal calado es la acusación que pesa sobre ellos. En su momento se verá si son juzgados por delitos de terrorismo o no, al estar el asunto pendiente de un conflicto de competencias que deberá ser resuelto por el Tribunal Supremo, pero a día de hoy la situación es la comentada y el régimen penitenciario que cabe es el que se está aplicando.-


Y, precisamente, ese conflicto de competencias entre la Audiencia Nacional y la Audiencia de Navarra, que considera que la paliza propinada a los compañeros no encaja en el delito de terrorismo, es el meollo del asunto. Sostiene la información publicada que “la ley establece que ante un conflicto de competencias, el procedimiento en cuestión debe paralizarse hasta que exista una resolución firme al respecto”. Y si ello no ha ocurrido es porque la Sección Primera de la Audiencia Nacional opone que no ha recibido ninguna notificación oficial de que se haya dictado auto en ese sentido. Por ello se indica en el titular la posible vulneración de la ley con el único objetivo de mantener en la trena a tres de los imputados. Claro que, frente a la visión partidista de unos, las realidades nos ofrecen otro panorama diferente. Si la Audiencia Nacional tuviera algún interés especial en mantener la privación de libertad a los imputados por los hechos, no acierto a entender por qué razón dejó libres a otros cuatro imputados el pasado mes de diciembre. ¿Acaso esos cuatro les eran más simpáticos o sus golpes (presuntos) hacían menos daños que los de los tres que siguen entre rejas?


Pues va a ser que no. Según la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en lo referente a los conflictos de competencia que puedan producirse entre Juzgados o Tribunales de distinto orden jurisdiccional, integrados en el Poder Judicial, estipula que serán resueltos por una Sala especial del Tribunal Supremo. De igual forma recoge en su artículo 48: “Desde que se dicte el auto declinando la competencia o acordando el requerimiento, y desde que se tenga conocimiento de éste por el Juez o Tribunal requerido, se suspenderá el procedimiento en el asunto a que se refiere aquél”. Lo que no dice la información, de manera torticera, es lo regulado en el siguiente párrafo: “No obstante, la suspensión no alcanzará a las actuaciones preventivas o preparatorias ni a las cautelares, cualesquiera que sean los órdenes jurisdiccionales en eventual conflicto, que tengan carácter urgente o necesario, o que, de no adoptarse, pudieran producir un quebranto irreparable o de difícil reparación. En su caso, los Jueces o Tribunales adoptarán las garantías procedentes para asegurar los derechos o intereses de las partes o de terceros o el interés público”. Dado que esa prisión provisional es una medida cautelar y también preventiva, no parece que se esté vulnerando ley alguna en el caso que comento.-


En cuanto a los motivos por los cuales se mantiene la privación de libertad a tres de los acusados, a diferencia de los cuatro que están en la calle desde diciembre, argumenta la Sala de Justicia que “no puede asegurarse que, de quedar en libertad, estos no vayan a atentar contra bienes jurídicos de las víctimas o incluso puedan cometer otros hechos delictivos”. Conclusión a la que llegan por “su especial liderazgo” y protagonismo demostrado durante el ataque.-


Por tanto no me parece que deba preocuparme lo más mínimo el titular de la noticia. No creo que la Audiencia Nacional esté vulnerando la ley manteniendo a tres de los nueve imputados por la brutal agresión en prisión provisional y en el régimen penitenciario adecuado a las acusaciones que pesan sobre ellos. Tan solo se trata de una opinión interesada que me recuerda a las declaraciones de la madre de un ultra futbolero que, tras agredir a un aficionado de un equipo rival, lo defendía diciendo que su hijo era un santo y que la Guardia Civil le odiaba.-


 
 
 

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