Escrito por LlanAUGC 29-08-2017
Por Alberto Llana
Hace unos meses presenciamos el ingreso en la prisión militar de Alcalá de Juan Carlos, un compañero condenado a tres meses de prisión por empujar a un Cabo. La historia trascendió a los medios de comunicación y supongo a todo el mundo enterado de esta sinrazón. Existen versiones varias de lo acontecido, pero el Fallo del Tribunal solo consideró probado el empujón y lo calificó como insulto a superior, aplicando el Código Penal Militar de manera torticera, a mi modesto entender.-
Hace ya un tiempo escribí sobre la aplicación del Código Penal Militar (CPM) a los miembros del Cuerpo tras la entrada en vigor de la LO 12/2007. Tal norma introducía cambios en el referido CPM a fin de que no fuera de aplicación a los componentes de la Guardia Civil “…en la realización de los actos propios del servicio que presten en el desempeño de las funciones que, para el cumplimiento de su misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, les atribuya en cada momento la normativa reguladora de dicho Instituto”. De hecho, en el preámbulo de la propia Ley Orgánica antedicha, se expresa lo que en Derecho se conoce como ‘espíritu de la Ley’ y que no es otro que “…la aplicabilidad del Código Penal Militar, en su integridad, al Cuerpo de la Guardia Civil, pase a quedar circunscrita a aquellas situaciones extraordinarias que, por su propia naturaleza, exigen dicha sujeción, como sucede en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio y en el cumplimiento de misiones de carácter militar, o cuando el personal de dicho Cuerpo se integre en Unidades Militares”. Para mis limitados conocimientos, resulta evidente que el legislador ha querido excluir a los miembros de la Benemérita de la normativa penal castrense cuando realicen funciones de naturaleza policial, tal es el caso que nos ocupa, con la sana finalidad de igualarlos a otros miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.-
Pues bien, en este caso particular no ha sido así. El Tribunal Militar de turno, auspiciado por la Sala Militar del Tribunal Supremo, han interpretado las leyes y su espíritu conforme a su interesada visión del asunto y que, en resumen, no es otra que la de dejar claro que la Guardia Civil sigue siendo, al menos en sus cabezas, un apéndice de las Fuerzas Armadas.-
Por si esto no fuera suficientemente grave, vimos como una organización de miembros del Cuerpo publicaba una nota en la que vendía la noticia como un nuevo éxito de su gabinete jurídico. Nada que objetar al respecto. Si lo consideran un éxito bueno es que lo digan y lo mantengan. El problema viene cuando AUGC informa sobre tal comunicado. Alguien se da cuenta que la nota puede no gustar a muchos compañeros/as y decide que debe retirarse y arremeter contra la AUGC por informar de su ¿éxito?. Ya se sabe, la vieja táctica de matar al mensajero. Y además lo atribuyeron a una campaña de desprestigio hacia su organización de cara a las elecciones al Consejo de la Guardia Civil que se celebraban poco tiempo después. Entrados en ese terreno, cabe preguntarse si la famosa nota la emitieron precisamente para hacerse publicidad de cara a las elecciones y resultó como si mearan contra el viento. Una vez iniciadas las hostilidades, trataron de sacar provecho mediático de la situación emitiendo notas de prensa donde expresaban su altura moral y su buen hacer en todo este tinglado. Dijeron que solamente habían defendido los derechos de su afiliado y se desmarcaron de la sentencia como si no tuvieran nada que ver con la misma. De acuerdo, pero entonces que no lo vendan como un éxito, dado que tal pronunciamiento se debe interpretar como una toma de posición al respecto. Y cuando uno toma una posición que estima correcta, solo cabe defenderla con argumentos y no arremeter contra quien se ha hecho eco de sus postulados. Resulta gracioso comprobar además como se definen como una asociación independiente, recalcándolo con mayúsculas, lo cual viene a traducirse como que ellos sí los son y los demás no. Y es gracioso por que esta organización mantiene unos vínculos muy vivos con el sindicato CSI-F que, para quien no sepa de su historia, diré que es en lo que se ha convertido el antaño conocido como ‘sindicato vertical’. También argumentaron que en ningún momento habían realizado comunicado alguno al respecto de la sentencia de marras, lo que constituye falacia, toda vez que el pronunciamiento sobre el ¿éxito? de su gabinete jurídico fue publicado con fecha del pasado 15 de abril. Atribuyeron la paternidad del comunicado a un responsable con incontinencia verbal, incapaz de reflexionar sobre lo que escribía y sus consecuencias. Lo denominaron democracia interna y lo ratificaron cuando rápidamente hicieron desaparecer el mensajito en plan “aquí no ha pasado nada”. Todo esto me recuerda a Javier Krahe y el famoso estribillo: ‘hombre blanco hablar con lengua de serpiente’.-
Por su parte, la Dirección General de la Guardia Civil también se sintió molesta con toda esta cuestión y emitió un comunicado en el que se desmarcaban de cualquier tipo de vinculación con ella. Se trató, en su opinión, de un asunto entre particulares. Así, a bote pronto, me extrañó la mencionada nota oficial porque lo normal en esta Institución es que simplemente no digan nada. La profusión de explicaciones denota cierta intranquilidad de conciencia. Tal es así que se han olvidado de lo esencial, es decir, recordar que pese a respetar el Fallo del Tribunal, la ley dice lo que dice -léase el párrafo segundo de este comentario- y este episodio nos retrotrae veinte años atrás. Lo que ocurre es que la sentencia les viene de perlas ya que, al fin y al cabo (valga la redundancia), coincide con los postulados defendidos por las altas instancias beneméritas. Otro ejemplo (mejorando el anterior) de lengua de serpiente.-
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