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EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA GUARDIA CIVIL

Actualizado: 13 mar 2022

Por Alberto Llana


Tras poco más de 176 años de vigencia (casi nada), la Cartilla del Guardia Civil está boqueando. Aprobada por Real Orden de 20 de diciembre de 1845, fenecerá el próximo 25 de marzo, cuando entre en vigor el Real Decreto 176/2022, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil. Supongo que muchas personas conocedoras del tema opondrán que ello no es así, que la Cartilla sigue teniendo vigencia, pero no. El Real Decreto mencionado dispone claramente que “Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este real decreto”, por lo que desde un punto de vista legal pone punto final a lo regulado por una Real Orden. Imagino igualmente que quienes lo vean con buenos ojos opondrán que el propio preámbulo del Código de Conducta expresa que «la Cartilla del Guardia Civil es y será considerada un documento único en la función pública española y una obra clásica de la deontología profesional, en este caso de la función policial, que constituye, sin olvidarlo en la actualidad, el precedente más remoto de un auténtico código de conducta basado en la moralidad, la honradez y la rectitud como principios de conducta del servidor público. En tal sentido, el presente Código de Conducta no deja sin efecto ni su vigencia ni sus principios, sino que, por el contrario, los incorpora a su contenido con una formulación actualizada y adaptada a nuestros tiempos». Si la intención es que permanezca vigente la Cartilla, ¿por qué no excluirla expresamente de la disposición derogatoria? Pues porque, como trapaceramente intentan vender a la opinión pública, los valores de la Cartilla están incorporados al Código pero explicados en términos modernos. Qué quieren que les diga, no me parece que la formulación usada por el Duque de Ahumada sea tan enrevesada o turbia como para no entender su significado, máxime con la preparación que a día de hoy se exige a los profesionales del Instituto.-


Continuando con el preámbulo de la norma, se argumenta que el Código de Conducta «persigue recoger los valores, principios y normas de comportamiento del personal de la Guardia Civil», o sea, lo que ya estaba recogido en la Cartilla. Añadiendo que «En una sociedad global, diversa y cambiante como la actual, este Código aspira a convertirse en una guía para los hombres y mujeres del Cuerpo, en una reflexión sobre los retos a los que se enfrentan y en un instrumento que promueva la participación y el diálogo colectivo». Mera palabrería que busca darle lustre a una norma tan injustificada como innecesaria. Salvo lo de la sociedad global, el resto se podría aplicar perfectamente a la mitad del Siglo XIX, cuando el Duque de Ahumada parió el código moral de los guardiaciviles. Lo de promover la participación y el diálogo colectivo es un chascarrillo de los finos que solamente entenderán aquellos avezados en temas beneméritos.-


Pero es que además tienen los santos co..nes de añadir que «Se trata de fortalecer la confianza de la ciudadanía en la Guardia Civil, donde el nivel ético y moral de sus profesionales es un pilar fundamental sobre el que erigir una institución solvente dedicada, por mandato constitucional, a garantizar la seguridad ciudadana y proteger el ejercicio de los derechos y libertades». Lo de haber llegado a ser, por norma general, la institución más valorada por los españoles siguiendo los trazados marcados por la Cartilla les importa un comino a los impulsores de esta iniciativa. Es más, ya puestos, podrían haberse preocupado por intentar que esa confianza de la que goza el Instituto se extendiera a otros estamentos. Sin ir más lejos, a los cargos políticos que también perciben remuneraciones públicas y que consideran que los códigos de conducta y las reglas morales son incompatibles con su quehacer diario. Seguramente no todos ellos pero está tan extendido ese pensamiento que la confianza de la ciudadanía en su labor resulta anecdótica.-

Enlazando con lo anterior, también se aduce que «Este código ético ha de entenderse en términos de la voluntariedad que emana de la vocación profesional de ser guardia civil, de forma que su finalidad ha de ser la de estimular conductas que, además, sean una referencia y ejemplo a seguir por el resto de miembros del Cuerpo. En consecuencia, la utilización del término “Código” no ha de entenderse en su acepción de reglamento u ordenación, sino en la que, en consonancia con otros códigos éticos dirigidos a funcionarios, supone la compilación y definición del conjunto de valores, principios y normas de comportamiento inspiradores de la conducta de determinados grupos profesionales. Su efectividad, por tanto, será proporcional al grado en que cada guardia civil lo asuma como propio y lo implemente como modelo de conducta». Volvemos a la respuesta mencionada antes: eso ya estaba en la Cartilla. Entonces, ¿Cuáles son las razones reales para aprobar ahora este Código de Conducta?


Pues en mi opinión, el oportunismo. Hay una serie de personas que desean dejar su impronta en la historia de la Guardia Civil y esta oportunidad la pintan calva. Resulta cierto que tras la aprobación de la Constitución de 1978 se generalizó la sensación de que la Cartilla del Guardia Civil precisaba de una actualización y adaptación a los nuevos tiempos, pero se dejó estar. Es más, como recuerda el propio preámbulo, la Orden de 30 de septiembre de 1981 asentó los principios básicos de actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, buen momento para acometer la antedicha actualización. O también tras la aprobación de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Incluso tras la entrada en vigor de otra ley orgánica, la 11/2007, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil. Pero no, se dejaron pasar esas oportunidades porque, al fin y al cabo, con un texto achacoso y rancio en algunas ocasiones, los pilares básicos de la Benemérita están ahí y para mejorarlo hay que hilar muy fino, algo que no consigue este Código de Conducta. Cabe preguntarse si lo han intentado siquiera porque no lo parece.-


Y ese oportunismo no es solo político como pudiera parecer. El componente político tiene su importancia en esta historia pero ni por asomo hubiera visto la luz esta pantomima sin haber sido impulsada por buena parte de los actuales 'enfajinados' que conforman la cúpula de la Guardia Civil. Son ellos, o gran parte al menos, los que no han dejado pasar este tren. Y han aprovechado la coyuntura política que, al margen de su personal anhelo de dejar huella perdurable (léase presidente del Gobierno, ministro del Interior, Directora General), también se han dejado llevar por su deseo de restañar muchas heridas abiertas en el Cuerpo a causa de su gestión. Así que nada mejor para intentar contentar a los 'fajinerosos' que dar luz verde a esta mascarada y de paso poder alardear en el futuro de estar casi a la altura del Duque de Ahumada, cuando en realidad les separa una distancia sideral.-


Como no es de mi agrado extenderme en mis comentarios, terminaré en esta ocasión señalando otra contradicción como la ya apuntada acerca de la pretendida vigencia de la Cartilla que sin embargo derogan. Se refiere a una cuestión ya mostrada en un párrafo anterior en el sentido de que se se afirma por un lado que «Este código ético ha de entenderse en términos de la voluntariedad que emana de la vocación profesional de ser guardia civil, de forma que su finalidad ha de ser la de estimular conductas...», y por otro lo que indica el artículo 3 de las disposiciones: «El Código de conducta será de aplicación a:». O sea que es algo que debe asumirse obligatoriamente de forma voluntaria. Típico de la Guardia Civil. Será interesante comprobar cuánto tardan en usarlo como pretexto para aplicar el régimen disciplinario.-


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