Por Alberto Llana Publicado el 14 de noviembre de 2015
A punto de coger el autobús que me llevará hasta la #MareadeTricornios me asalta esa sensación que describe el título de este comentario. Lo ya visto, ya vivido, ya sentido incluso. Tras asistir a todas las concentraciones y manifestaciones convocadas por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) y anteriormente por los familiares de guardiaciviles, resulta inevitable sentirlo... por desgracia. Y sí, es una desgracia que todavía nos veamos obligados a reclamar en la calle las mismas condiciones sociolaborales que tienen otros cuerpos policiales, máxime si dependen de la misma Administración que la Benemérita, pero así son las cosas y progresar requiere esfuerzos y sacrificios, rara vez sucede al contrario. Solamente así se puede apreciar de verdad lo que supone cada paso adelante y la verdadera lástima sería olvidarlo o menospreciarlo.-
En esta ocasión la cita parte de una victoria previa y que no es otra que el reconocimiento judicial sobre la legalidad de la movilización convocada por AUGC. Es cierto que ya hubo un pronunciamiento similar antes de la celebrada en septiembre de 2010, pero no se debe olvidar que desde entonces se han operado cambios legales en un intento de recortar tanto ese derecho fundamental que hasta parecía ilegal el simple hecho de convocarla. Teníamos muy claras las trabas que surgirían en el camino así como nuestra determinación por superarlas y salvaguardar tal derecho, que tanto costó que nos reconocieran. De este modo, incluso aquellos que ahora se rasgan las vestiduras por la #MareadeTricornios podrán hacer uso del mismo si así lo consideran oportuno y tienen el valor suficiente para ello.-
Supongo que la sensación a la que antes me refería también la tuvieron en cierta medida los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al tener que recordar su Fallo de 16 de septiembre de 2010 que, como antes reseñé, también autorizó nuestra última convocatoria desarrollada dos días después. Así, rememora la actual sentencia que los guardiaciviles son titulares de los derechos de libertad de expresión y de reunión, dejando otra vez a la altura del chapapote al señor Arsenio Fernández de Mesa, a la sazón Director General del Cuerpo, quien se ha cansado de negar tales derechos incluso en comparecencias públicas, lo que motivaría en cualquier persona decente una renuncia a su cargo político ya sea por ignaro o por mero bochorno. Claro que si le importaran un bledo esas minucias ya se hubiera alejado de la esfera pública tras su gestión en el desastre del 'Prestige'.-
Creo que resulta importante resaltar la mención que realizan los magistrados en aras a fijar las diferencias entre las actividades encaminadas a la promoción de los intereses profesionales de los miembros del Cuerpo que puede desarrollar la AUGC, de las acciones de naturaleza sindical. La Administración siempre ha tendido a obviar esa frontera entre lo uno y lo otro para negar o recortar el ámbito de actuación de nuestra organización, en la pretensión de conseguir una docilidad que desvirtuaría nuestra razón de ser. Por ello, la Sala de Justicia deja claro que “...el término sindical no abarca toda la realidad profesional, pues de lo contrario resultaría que la normativa entraría en una contradicción interna insalvable en la medida en que se reconoce la posibilidad de actuar para promocionar unos derechos profesionales pero considera ilegal dicha actuación al tener siempre carácter sindical”. En resumen, que 'profesional' y 'sindical' son dos realidades distintas y ya está bien de mezclarlas a conveniencia.-
Interesante también resulta la aclaración que aporta el Fallo en lo relacionado con hacer uso de la condición de militar durante la manifestación. Otra triquiñuela usada por la Administración para denegar la autorización solicitada, retorciendo a conciencia las limitaciones que la ley impone al uso del derecho fundamental de reunión por parte de los miembros de la Benemérita. Razonan los jueces que no puede identificarse el “hacer uso de la condición de militar” con el mero hecho de que los organizadores sean guardias civiles o la convocatoria este dirigida a este colectivo, pues por esa vía se estaría prohibiendo todo ejercicio del derecho a los miembros del Cuerpo, lo que resulta contrario al núcleo esencial del propio derecho. Esta interpretación ya fue expuesta en su momento por la Defensora del Pueblo y despreciada por una Administración empeñada en perseverar en el error.-
No quiero dejar pasar la ocasión de destacar algo que ya apunté en otro artículo publicado recientemente y que atañe al término 'reivindicar'. Expuse en aquella ocasión que la actividad reivindicativa no debía ceñirse exclusivamente al ámbito sindical, utilizándola como arma arrojadiza ante cualquier petición o acto realizado por AUGC. En lo concerniente a esta cuestión, el Juzgado fija con claridad que el susodicho término no puede abarcar cualquier tipo de reivindicación pues ello excluiría toda reivindicación de carácter profesional, social o económico, amparadas por el derecho de asociación y que, de ser así, se dejaría vacío de contenido el derecho de reunión y manifestación.-
Nueva victoria jurídica de la AUGC que preserva de este modo, pese a los desmesurados e injustificables recortes introducidos por los legisladores, unos derechos que se extienden a todo el colectivo benemérito, aunque haya unos pocos que los desprecien y se sientan cómodos siendo ciudadanos de segunda clase o meros palmeros. Y ahora me despido porque debo ir a ejercer esos derechos en buena compaña y almacenar recuerdos para el próximo déjà vu.-
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