Por AUGC y Alberto Llana (Publicado el 09/06/2016) https://www.facebook.com/LlanAUGC/posts/pfbid0mmXUsHDFW23sbCq3jrC6WAAn7uwPuhcsA5b8WCo62aBMe5eUY6a5gRT774PKeBwql
AUGC denuncia ante la Fiscalía al Mando de Operaciones de la Guardia Civil por desobediencia al no aplicar los turnos.-
Han transcurrido ya dos meses desde que los turnos de trabajo debieran haberse implantado en la Guardia Civil, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden General de Jornada Laboral, aprobada el pasado año y donde el Director General de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Río, firmó el 23 de diciembre de 2014, encomendando por mandato legislativo al Jefe de Operaciones de la Guardia Civil implantar turnos rotatorios con una cadencia regular fija antes del 30 de marzo de 2016.-
Sin embargo, la propia Dirección General continúa haciendo oídos sordos al clamor existente entre los guardias civiles, que reclaman una jornada laboral digna que les permita conciliar su vida laboral con la familiar, igual que la que ya disfrutan sus compañeros de la Policía Nacional y toda la Administración Pública.-
Por ello, y ante el reiterado y manifiesto incumplimiento de la legalidad, la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) recuerda el compromiso firmado por ésta, y le insta a implantar de manera inmediata los citados turnos de trabajo en el Cuerpo.-
Resulta inadmisible que existiendo un mandato expreso del director general de la Guardia Civil hacia el Teniente General Jefe del Mando Operativo, en asunto de servicio concreto, la orden no se haya cumplido, ocasionando un grave perjuicio a los miles de trabajadores de la Guardia Civil que aguardan estos turnos de trabajo para, por fin, poder comenzar a organizar su vida personal y familiar con la debida antelación y tranquilidad. Lo cual es incluso más preocupante si tenemos en cuenta las funciones específicas, el empleo militar y las altas responsabilidades del mando que debía haber llevado a efecto la orden. Así, la Disposición final tercera de la Orden general nº 11/2014, que entró en vigor el 30 de marzo de 2015, disponía lo que sigue: “En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente orden, el Jefe del Mando de Operaciones determinará aquellas unidades de las incluidas en el régimen de prestación de servicio general que, de forma progresiva en su implantación y aplicación, podrán realizar servicio en la modalidad de prestación a turnos, y su régimen propio, de acuerdo con las especificaciones contempladas en el artículo 7”.-
Es el único momento, a lo largo del texto de la OG mencionada en que el Director General establece un mandato expreso relativo al servicio, dentro de sus competencias y ajustado al ordenamiento jurídico, para que un subordinado lleve a cabo una actuación concreta. Sin embargo, dicho subordinado, el Teniente General Jefe del Mando de Operaciones, no ha dado cumplimiento a esa orden en los términos en los que la misma fue formulada, ya que transcurrido sobradamente el plazo establecido para su ejecución, siguen sin determinarse las unidades incluidas en el régimen de prestación a turnos. La gravedad de este incumplimiento trasciende su propia naturaleza, afectando a miles de componentes del Cuerpo que ven cómo se siguen retrasando medidas encaminadas a la conciliación laboral y familiar, simplemente porque no se obedecen las órdenes impartidas por el responsable político del Instituto.-
En consecuencia, AUGC interpuso el día 2 de junio una denuncia ante la Fiscalía General del Estado para que se investiguen los hechos y las posibles responsabilidades penales que pudieran derivarse de este incumplimiento. De continuar retrasando sin motivo alguno esta implantación, AUGC recurrirá a todas las instancias legales y sociales a su alcance para obligar a la Dirección General a asumir su obligación normativa.-
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