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DEL SERVICIO A TURNOS EN LA AGRUPACIÓN DE TRÁFICO

Por Alberto Llana

Aunque con demasiado retraso desde que la Orden General 11/2014 (con entrada en vigor el 30 de marzo de 2015) contemplara en su disposición final tercera que «En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente orden, el Jefe del Mando de Operaciones determinará aquellas unidades de las incluidas en el régimen de prestación de servicio general que, de forma progresiva en su implantación y aplicación, podrán realizar servicio en la modalidad de prestación a turnos, y su régimen propio…», la deseada prestación del servicio de acuerdo a una cadencia de turnos más o menos fija se va abriendo tímidamente paso en el deseo de que no haya de nuevo una vuelta atrás como ya ocurriera antaño. En este caso concreto me centraré en la Agrupación de Tráfico, ya que el pasado 11 de septiembre el Coronel Jefe Accidental de la misma emitió un escrito referido a la consolidación de la implantación del servicio a turnos. Destaca el reconocimiento relativo a que «Habiéndose observado el mantenimiento de las ventajas operativas y de satisfacción personal previamente expuestas, y tras haberse valorado durante el tiempo de duración que se ha venido desarrollando en las “unidades piloto” de los sectores de Aragón, Andalucía y Extremadura, se considera que la experiencia adquirida merece la consolidación de la modalidad de servicio a turnos en las unidades en las que se estaba desarrollando dicha prueba en piloto».-

Más adelante deja claro que «se hace aconsejable que la entrada de nuevas Unidades en la modalidad del servicio a turnos se realice con un planeamiento a medio plazo que permita seleccionar las unidades de motoristas y de investigación de siniestros más adecuadas y con el objetivo de comenzar el servicio a turnos en el primer cuatrimestre de 2024 (FEB 24-MAY 24), con las siguientes condiciones». Comenzando por la modalidad de ‘motorista’:

«Destacamentos con un mínimo de 40 motoristas operativos, a ser posible con un grupo de mando (suboficiales y cabos) y las áreas funcionales de radar y transporte fuera de turnos. La cadencia a utilizar será la de MMTTNNSalLLLL 8,5H, valorándose trasladar la primera noche de la cadencia si las circunstancias lo permiten a servicios M o T.

Núcleos operativos constituidos por 2 o más Destacamentos con demarcaciones de vigilancia que puedan ser compartidas y con un número cercano a 40 motoristas operativos, siendo imprescindible en este caso disponer de un grupo compuesto por elementos de mando (Suboficiales y Cabos) y de las áreas funcionales de radar y transportes fuera del sistema de turnos. La cadencia a utilizar sería la misma que los Destacamentos únicos, con la posibilidad de utilizar la versión MMTTNSalLLL 8,5H atendiendo al potencial de servicio de la Unidad».-

Por su parte, en la modalidad de ‘atestados’: «Unidades con un mínimo de 24 miembros operativos, con servicios de 12 horas a turnos MMNSalLLLL y modulada su actividad mediante el Plan Anual de atestados para compatibilizar su actividad en carretera con el trabajo de gabinete y evitar exceso de horas seguidas de atención de siniestros.

Se considera imprescindible mantener el grupo compuesto por el suboficial coordinador con dos auxiliares y el Equipo Periférico de Reconstrucción de Accidentes (EPRAT), allí donde esté desplegado, fuera de turnos».-

Y termina advirtiendo que «No obstante, si durante el marco de planeamiento que se está llevando a cabo se detectan Unidades susceptibles de disponer de capacidad organizativa y operativa para empezar con la modalidad en el servicio a turnos, éstas podrían iniciar dicho servicio a partir del tercer cuatrimestre de este año (OCT 23-ENE 24), circunstancia que sería comunicada a ese Estado Mayor».-



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