Por Alberto Llana
Aunque a muchas personas les suene raro a día de hoy, otras muchas recordarán los tiempos en los que el servicio militar era obligatorio y la cantidad de argucias que se llegaron a plantear en el intento de eludir ese deber legal. En tal sentido, me he topado con una disposición datada en el mes de febrero de 1846, dimanante del Ministerio de la Guerra, que nos ofrece una imagen clara acera de esos esfuerzos por escaquearse de la llamada a filas. El documento reza así:
«MINISTERIO DE LA GUERRA. = Excmo. Sr = Por el Ministerio de la Gobernación de la Península, se dice al Señor Ministro de la Guerra de Real órden en 29 de Enero último lo siguiente. = El Señor Ministro de la Gobernación de la Península, dijo con lecha 17 del actual, á los Gefes Políticos del Reino lo siguiente.- A fin de evitar que los jóvenes sujetos al reemplazo del Ejército, eludan esta obligación con perjuicio de tercero, marchando al estrangero, ó á Ultramar, se ha servido S.M. mandar, con presencia de lo informado por el Tribunal Supremo de Guerra y Marina, que en adelante, no se dé pasaporte para fuera de la Península, á ninguno que, hallándose en la edad desde 16 años hasta 25, no asegure las resultas de los sucesivos sorteos. Al efecto, todo mozo de la edad espresada, que intente ausentarse de la Península, presentará una lianza otorgada por medio de escritura pública, la cual deberá ser aprobada por el Alcalde del pueblo respectivo, después de oir por escrito á los padres, parientes ó tutores de tres mozos de la misma edad, que el interesado, y de otros tres de la inmediata. Esta fianza servirá en su caso, para la compra de un sustituto, en el modo y forma que hoy se halla establecido, ó en adelante se estableciere.- Y enterada la Reina (q. D. g.) se ha dignado resolver, que la preinserta Real órden se traslade á V.E. como lo ejecuto de la propia Real órden comunicada por el espresado Señor Ministro de la Guerra para su conocimiento y efectos correspondientes — Dios guarde á V.E. muchos años. Madrid 26 de Febrero de 1846.- El Subsecretario = Conde de Villahermosa.- Sr. Inspector general del Cuerpo de Guardias Civiles».-
コメント