Escrito por LlanAUGC 03-10-2019
Por Alberto Llana #25añosAUGC
Cuando comencé en esto del 'sindicalismo', a mediados de los años ochenta del pasado siglo, tuve la ocasión de conocer otros compañeros con inquietudes parecidas a las mías. Por aquellos tiempos lo del Sindicato Unificado de la Guardia Civil (SUGC) estaba en plena efervescencia y había un buen puñado de guardiaciviles empeñados en lograr lo que la Policía Nacional acababa de conseguir. En aquella amalgama de personalidades que confluían en cuanto al destino final, había distintas maneras de enfocar el camino a seguir. Mientras algunos pensábamos que el trayecto sería largo y tortuoso pero que merecía la pena recorrerlo, otros estaban convencidos que con llamar la atención de la opinión pública destacando la diferencia de trato entre policías y guardiaciviles y el apoyo de ciertos grupos políticos y sindicatos de clase, el recorrido sería más bien corto. Recuerdo el caso de un compañero que se ofreció a ayudar en la tarea de llenar de pegatinas del SUGC el recinto de una Comandancia. Varios 'sindicalistas' realizamos la tarea de madrugada y por la mañana el revuelo fue sonoro, como es de imaginar. Unos días después coincidí de nuevo con él y me preguntó cuánto estimaba que tardarían en legalizar el sindicato. Supongo que creía que con aquella “extraordinaria” acción en la que había contribuido los cimientos beneméritos iban a sacudirse de tal forma que se daría la vuelta a la tortilla cocinada con el segundo decreto fundacional del Cuerpo. Recordar que el primer decreto fundacional, de 28 de marzo de 1844 estipulaba que la Guardia Civil dependería del Ministerio de la Gobernación de la Península, mientras que el segundo y definitivo, tras los ajustes realizados por el Duque de Ahumada, recogió su dependencia del Ministerio de la Guerra en lo concerniente a su organización personal, disciplina, material y percibo de haberes, y del Ministerio de la Gobernación en lo relativo a su servicio peculiar o movimientos.-
En la época en que José Luis Bargados Fernández y quien esto escribe nos propusimos inscribir una asociación de Guardias Civiles, a finales del año 1990, la situación con el SUGC se había complicado bastante: persecuciones a los sindicalistas beneméritos a través de la 'Operación Columna' principalmente pero, también, a iniciativa propia de mandos con responsabilidades a nivel de Zona, Tercio o Comandancia que hacían la 'guerra' por su cuenta, el ingreso en prisiones militares de algunos de ellos acusados de determinados delitos militares que nunca llegarán a ser juzgados debido a su inexistencia real e, igualmente, el ya conocido acoso institucional marca de la casa a cualquier sospecha o inclinación sindical por parte de algún miembro del Cuerpo, conformaban un panorama poco halagüeño para aquellos empeñados en conseguir una organización 'de y para' los guardiaciviles que se preocupara de reivindicar las mejoras sociolaborales que se negaban por sistema, al considerar los poderes públicos que el hecho de ser militares conllevaba inexorablemente una merma de derechos que debía ser asumida de forma disciplinada por los afectados. Para aumentar más la presión, a finales de aquel 1990 se nos traslada la intención del gobierno de aprobar el primer régimen disciplinario propio de la Guardia Civil, una cuestión que debería haberse realizado años atrás, cuando la Benemérita dejó de pertenecer a las Fuerzas Armadas, pero que no se abordó al considerar que la normativa de los Ejércitos era adecuada al caso, además de suponer un recordatorio del parentesco tradicional mantenido desde finales del XIX entre el Instituto y el Ejército de Tierra. Sea como fuere, la idea de dotar a la Guardia Civil de un régimen disciplinario específico obedecía más al deseo de atajar el sindicalismo en el Cuerpo que a cualquier otro motivo. De hecho, las principales diferencias entre la norma peculiar y la que se venía aplicando radicaban en el tratamiento que se ofrecía a quienes fueran sancionados por promover sindicatos, con penas de separación del servicio, como pudo comprobarse muy pronto.-
Pues bien, con todo ello en mente, tocaba cambiar de estrategia o estrellarse contra una muralla que no iba a derrumbarse milagrosamente como las de Jericó, y durante un viaje de vuelta desde Madrid a Asturias, tras asistir a una reunión del SUGC, Bargados me lanzó la idea de inscribir una asociación de guardiaciviles. El razonamiento para dar ese paso, tan sencillo como lógico, a nuestro entender, fue el siguiente: si no puedes cruzar el cauce de un salto, pon unas piedras que te sirvan de apoyo y, paso a paso, acabarás en la otra orilla. Así comenzó la historia de la Asociación 6 de Julio de Guardias Civiles. Los avatares propios para lograr su inscripción dan para otro capítulo y no son el objeto principal de este, por lo que los omito. El resultado fue que en 1994 se pusieron varias piedras de apoyo, primero con la sentencia que ordenaba la inscripción en el Registro de Asociaciones de la '6 de Julio', inmediatamente seguida por la inscripción de la 'COPROPER', promovida por José Morata, Alejandro Borja, Azucena Chillerón (esposa de Morata) y otras cuatro personas y, poco después, la unificación de ambas organizaciones en 'COPROPER-6J' que mutaría en la actual Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) cuyos fines eran socioculturales y de lucha contra la corrupción.-
Tras esos primigenios soportes llegó el momento de ampliar horizontes y se hizo a través de cambios en los fines estatutarios al objeto de reivindicar y defender los derechos profesionales de los afiliados con el propósito de convertirnos en asociación profesional. Esos cambios fueron rechazados de plano por la Administración, empeñada en la equívoca idea de que los ciudadanos militares no podían ni debían intentar mejorar sus condiciones laborales. Creencia respaldada por los empleos militares más relevantes a través del conocido mantra “el sindicato es el mando”. Y hubo que volver a los tribunales para refrendar la legalidad de nuestros propósitos, lo que supuso un nuevo apoyo para avanzar hacia la otra orilla. De igual forma ocurrió con los arrestos disciplinarios, una larga lucha de más de ocho años que terminó con el Tribunal de Estrasburgo declarando por unanimidad que las sanciones de privación de libertad suponían una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos y conllevó cambios en el régimen disciplinario Benemérito, aumentando las garantías de defensa para los profesionales inmersos en un procedimiento de ese tipo. O también consolidar el Derecho de manifestación de los militares, algo logrado a base de practicarlo y apechugar con las consecuencias hasta que fue regulado por medio de una ley orgánica, la misma que asentó el derecho de asociación y estableció el Consejo de la Guardia Civil, una evolución -escasa, por cierto- del extinto Consejo Asesor de Personal del Cuerpo. Más pasos en la dirección correcta y más mejoras profesionales que acortaban la enorme distancia en las condiciones sociolaborales entre guardiaciviles y resto de componentes de las fuerzas de seguridad.-
Y qué decir de la cuestión relativa a la jornada laboral. La Benemérita estuvo al margen de la jornada de treinta y siete horas y media semanales durante más de una década respecto al Cuerpo hermano de la Policía Nacional, como siempre bajo la impepinable excusa de su carácter militar. Situación revertida a partir de 1998 tras miles de peticiones cursadas a raíz de una exitosa campaña de la AUGC al respecto. Y no fue el único avance en ese sentido ya que nuestro empeño por aplicar de pleno la normativa europea sobre tiempo de trabajo nos llevó a denunciar ante la Comisión Europea la inexplicable postergación que sufríamos en ese sentido, siendo admitida nuestra queja y propiciando cambios notables que actualmente disfrutamos. Del mismo modo que ocurrió con un derecho de cualquier trabajador que estuvo olvidado hasta el 2010. Me refiero a las vacaciones, asunto que nos llevó varios años de reivindicaciones y que, pese a estar recogido en una ley orgánica de 2007, todavía costó un par de años más verla convertida en realidad tangible. O el reconocimiento como especialidades de pleno derecho de la labor que realizan los compañeros de seguridad ciudadana o fiscal, no reconocidas debidamente con un Complemento Específico Singular propio hasta comienzos de 2003. Al igual que ocurrió con el Complemento de Seguridad Vial, aumentado en la primera época de Pere Navarro como Director General de Tráfico, gracias al empeño de nuestra Comisión de Tráfico. O los avances alcanzados en materia de Prevención de Riesgos Laborales, que si bien son manifiestamente mejorables, a buen seguro no habría habido ninguno si no hubiéramos puesto nuestro empeño en ello.-
Todo lo anterior son solo una pinceladas de muestra de lo mucho que se ha avanzado desde que 'COPROPER-6J' iniciara su camino en octubre de 1994. Estoy seguro que a algunos les parecerá poco, que pensarán que todavía queda mucho por recorrer hasta tener idénticas condiciones sociolaborales que el resto de agentes de las fuerzas de seguridad, y alguna razón les asiste, en mi personal opinión. Quedan retos por delante, no cabe duda alguna, pero lo conquistado hasta ahora es una proeza para cualquiera que conozca los entresijos del Cuerpo y el alto coste que tienes que pagar para que te reconozcan siquiera lo más obvio y lógico, no digamos lograr que finalmente lo regulen y termine aplicándose correctamente. Pongamos como ejemplo lo reseñado con anterioridad acerca de las vacaciones, un derecho adquirido por los funcionarios civiles del Estado a partir del Decreto 315/1964. Si bien esa norma no afectaba a los funcionarios militares, tampoco había razones lógicas para excluirles del tal derecho a través de una regulación propia. Pasado el tiempo y tras el ingreso de España en la Comunidad Europea (01/01/1986), se aprobó la Carta comunitaria de derechos sociales fundamentales de los trabajadores, fechada el 09 de diciembre de 1989, y en la cual ya se reconocía en derecho de todo trabajador europeo a disfrutar de unas vacaciones anuales retribuidas, lo cual ya afecta directamente a los guardiaciviles como trabajadores de la Administración que son. Sin embargo, como suele ocurrir en esta bendita empresa, se procuró asumir una interpretación torticera de esa Carta para seguir privando a los componentes del Cuerpo del reconocimiento de ese derecho hasta el año 2010, pese a estar reconocido en la Ley Orgánica 11/2007 de derechos y deberes de los guardias civiles (más información en el siguiente comentario http://llanaugc.blogspot.es/1568779397/vacaciones-para-los-guardiaciviles/ ).-
Y uno de esos retos de futuro es el de la sindicación. Actualmente nos encontramos a la espera de un pronunciamiento judicial sobre la solicitud de inscripción del Sindicato Unificado de Guardias Civiles (SUGC), algo que seguramente tendrá que decidir finalmente el Tribunal de Estrasburgo porque la postura de España sobre el particular es radicalmente opuesta y nada esperamos lograr dentro de nuestras fronteras. Sin embargo, la interpretación realizada en su momento por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en dos sentencias de fecha 2 de octubre de 2014 (asuntos Matelly contra Francia y ADEFDROMIL contra Francia) fue la de considerar que la prohibición absoluta de los sindicatos en el seno del Ejército francés es contraria a la Convención Europea de Derechos del Hombre. Deseamos conocer su opinión acerca de nuestro caso concreto.-
Las cosas no suelen salir a las primeras de cambio y las reivindicaciones, por muy justas que sean, no se abstraen a esa regla general. De hecho, intentar conseguirlas de un plumazo suele generar un sonoro portazo en las narices con la consiguiente frustración y, a menudo, abandono en el empeño por parte de sus postulantes. Al emperador Augusto se le atribuye la frase “Apresúrate lentamente”, que viene muy bien al caso porque desde hace un cuarto de siglo que comenzamos a cruzar el cauce hemos puesto muchos puntos de apoyo, sin prisa pero sin pausa, en una nueva demostración de otro dicho italiano “Chi va piano va lontano”. Es seguro que algunos pensarán que hemos ido demasiado “piano”, y a buen seguro también serán, en su mayor parte al menos, los que se hubieran quedado en la otra orilla o, quizás, hubieran dado un salto, cayendo de culo en medio del cuérrago.-
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