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ALCANTARILLA REGLAMENTARIA

Actualizado: 6 jul 2023

Por Alberto Llana #25añosAUGC


ESTE COMENTARIO FUE PUBLICADO EL DÍA 06 DE JULIO DE 2016:


Se publicó el pasado domingo una entrevista con el teniente general Juan Gómez de Salazar, Jefe de la Fuerza Terrestre del Ejército de Tierra en donde realizó ciertas afirmaciones que merecen ser comentadas desde otro punto de vista diferente al suyo a fin de aportar un poco de realidad a esa especie de visión idílica que este hombre tiene desde su alta responsabilidad. A una pregunta sobre las asociaciones de militares (de las Fuerzas Armadas en este caso), nuestro protagonista respondió que “El mejor sindicato para los militares es el conducto reglamentario, nuestro mando. No hay profesión en la cual el que se sienta perjudicado tenga un recurso tan directo para exponer su duda, su queja, su situación. Eso siempre ha ocurrido en el Ejército. Quienes hayan hecho el servicio militar pueden corroborar lo que le digo”. Dado que la Guardia Civil, por su naturaleza militar, está afectada por ese canal de relación para asuntos del servicio, según la estructura jerárquica del Cuerpo, conocida por 'conducto reglamentario', no está de más exponer cómo funciona en la parte que afecta a la Benemérita.-


En este punto me debato entre la risa y la indignación, no se si abordar esta cuestión intentando sacarle el punto chistoso, acaso lo tenga, o con el cabreo acumulado por décadas de servicio activo, aderezados por mi labor asociativa, la cual aporta una visión mucho más global y certera sobre el asunto, al ser conocedor directo de cientos de casos relacionados con la materia. Pero, mira por donde, he encontrado un recientísimo ejemplo que tiene la cualidad de la ambivalencia. Pueden ustedes reírse a gusto o enojarse hasta enrojecer, como prefieran. Resulta que en un Cuartel del sur de nuestra geografía, donde el calor azota de forma inmisericorde, varios compañeros solicitaron a su superior jerárquico la adopción de medidas tendentes a paliar el bochorno imperante en el denominado Cuarto de Puertas del acuartelamiento, en donde solamente cuentan con un triste ventilador para aliviar un poco los sofocos. Ese superior, haciendo buena la afirmación del general mentado sobre que “no hay profesión en la cual el que se sienta perjudicado tenga un recurso tan directo para exponer su duda, su queja, su situación”, les responde de la siguiente guisa:


Vistos y tramitados las diferentes comunicaciones, a tenor de lo planteado, no siendo suficiente para la correcta aclimatación ambiental y sensación térmica corporal de los prestantes del servicio el ventilador que se está utilizando. Se deben de tomar medidas adicionales para bajar esa temperatura dentro del habitáculo, que en estos momentos es la suma de la exterior transmitida a través de las paredes del edificio, de los equipos propios que están en el cuarto de puertas, e imprescindibles para la prestación del servicio, aumentada mediante el uso de material ofimático perteneciente a los prestadores del servicio y del aparato de televisión existente, que desprende calor en su funcionamiento. Por lo anterior, hasta que no sea instalado un sistema que permita adecuar la temperatura a los 17 y 27º C, se prohíbe el uso de cualquier elemento o dispositivo de carácter particular de los prestantes del servicio que en su funcionamiento pudiera irradiar calor, así como el encendido del aparato de televisión instalado, entre las 09'00 y las 21'00 horas por ser ese espacio temporal el que mayor índice calorífico debido a la estacionalidad del año sufren los trabajadores sedentarios de oficina”.-


Al margen de lo obvio sobre esta decisión/venganza del graciosillo, que a buen seguro no padece los mismos agobios calóricos que el personal a sus órdenes, me llamó la atención la definición final que hace de éstos, ¿se han fijado? Trabajadores sedentarios de oficina. Ni más ni menos. Guardias civiles que cumplen su labor tal y como está ordenado en su Papeleta de Servicio, resulta que realizan una tarea sedentaria. A no ser que el autor del despropósito, dada su talla intelectual, haya considerado sedentario como sinónimo de 'sediento' debido a los sudores de estar en una sauna de tal calibre, no tiene explicación lógica alguna.-


Frente al ejemplo anterior, tenemos su contraposición en el Juzgado Contencioso Administrativo nº 10 de Sevilla. Hace unas horas publicó una nota en la que, ante la falta de un sistema de aire acondicionado eficaz, a partir de las 13'00 horas se suspende su actividad porque es jurídicamente imposible e ilícito consentir la presencia de funcionarios en la sala en condiciones inadecuadas de higiene en el trabajo. Adjunto foto para que comparen y lean con sus propios ojos lo transcrito: JURÍDICAMENTE IMPOSIBLE E ILÍCITO.-


Lo expuesto es un botón de muestra sobre lo que se puede esperar del conducto reglamentario, el cual y hablando de sinónimos, podría rebautizarse como el título de este artículo. En cuanto a los compañeros afectados, mi deseo de que pronto se solucione el problema y, mientras tanto, les aconsejo que mantengan los móviles apagados -ya que desprenden calor-, que se olviden de hacer barbacoas en el cuarto de puertas y mantengan los traseros bien apretados entre las 09'00 y las 21'00 horas, no vaya a ser que se les escape una ventosidad y les expedienten por incumplimiento de normas de régimen interior, al aumentar la temperatura ambiente.-


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