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30 AÑOS DE LA SENTENCIA PIONERA DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO EN LA GUARDIA CIVIL

Por Alberto Llana


Este 26 de julio de 2024 se cumplen 30 años desde que la Audiencia Nacional dictara la sentencia que despejó el camino de lo que hoy día son las asociaciones profesionales de miembros de la Guardia Civil. Para conmemorar este evento utilizaré gran parte de un comentario que publiqué hace un lustro, con ocasión del cuarto de siglo desde este gran logro para todos los integrantes de la Benemérita y de sus familias.-

           

El 26 de julio de 1994, la Audiencia Nacional dictaba un Fallo que ordenaba la inscripción de la Asociación 6 de Julio de Guardias Civiles, fecha trascendental en el devenir de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) y, en general, del movimiento asociativo profesional en la Benemérita. No obstante debemos remontarnos varios años atrás para conocer los entresijos que desembocaron en la organización pionera en la lucha por los derechos de los miembros de la Guardia Civil.-


A finales de 1990, en pleno auge del movimiento sindical clandestino dentro del Cuerpo, mientras por parte del gobierno de turno se sometía a férrea persecución a aquellos 'sindicalistas' a través de la todavía escasamente conocida 'Operación Columna', con privaciones de libertad en establecimientos penales militares bajo falsas acusaciones de sedición, con ingresos en centros médicos por supuestas enfermedades mentales, seguimientos, pinchazos telefónicos y toda suerte de malas artes en pos de descabezar esa osada democracia que intentaba abrirse paso en una Institución arcaica y desfasada, totalmente alejada de la realidad del Estado de Derecho que pretendía ser España, por parte de la Administración se intentó plantar cara al problema sindical bajo parámetros 'legales', alumbrando un régimen disciplinario propio de la Guardia Civil que tipificara tales pretensiones como falta muy grave y separación del servicio (expulsión) incluida.-


La presión social derivada del triste espectáculo ofrecido por el Gobierno y la justicia militar cada vez que ingresaba en prisión militar uno de aquellos 'sindicalistas'; el hartazgo de muchos magistrados militares que tenían que ordenar ese ingreso preventivo por supuestos delitos de sedición o, incluso, deserción, a sabiendas que rozaban -por ser magnánimo- la prevaricación; la constancia de la promesa incumplida por el Gobierno de entonces de desmilitarizar la Guardia Civil o el posicionamiento de grupos políticos y sindicatos a favor de una Benemérita que hiciera honor a su apellido, fueron algunos factores, no todos, decisorios a la hora de aprobar una ley disciplinaria que llevaba esperando desde que la Ley Orgánica 2/1986 separó definitivamente a la Guardia Civil de las Fuerzas Armadas, cuestión avalada precisamente por el propio Tribunal Constitucional. Sencillamente, no tenía sentido alguno seguir aplicando el régimen disciplinario de los tres Ejércitos a una institución encuadrada de manera diferente en nuestro ordenamiento jurídico, por mucho carácter militar que tenga.-


Resulta paradójico que una ley disciplinaria que, por lógica, debería haberse confeccionado y aprobado a renglón seguido de la publicación de la propia LO 2/86, fuera impulsada como medida represora contra el movimiento sindical clandestino de la Guardia Civil. Pues bien, a finales de aquel 1990, como decía, un alto cargo del gobierno de turno se encargó de transmitir a aquellos sindicalistas las intenciones del poder legislativo de combatir las inclinaciones sindicales en la Benemérita a través de una norma con la que pudieran deshacerse de los demócratas sin convertirles en mártires, tal y como había ocurrido con muchos integrantes de la Unión Militar Democrática (los famosos ‘umedos’).-


Ante semejante perspectiva cabían dos posibilidades, persistir en el intento e inmolarse o usar la vía pragmática. Dado que en el mes de enero de 1991 un juez militar ordenó el ingreso preventivo en prisión militar de José Luis Bargados Fernández por presuntos delitos de sedición (los cuales fueron archivados nada más salir del encierro, tres meses después) y quien esto escribe compareció ante el mismo juez militar con la maleta hecha para seguir el mismo camino, optando el magistrado por no internarnos a ambos al mismo tiempo "por si acaso", pensando quizás que éramos capaces de quemar la cárcel o algo semejante. Nada más lejos de la realidad... Como decía, José Luis Bargados aprovechó su estancia en la prisión militar de Alcalá para ponerse al día con la legislación sobre asociaciones y esbozó los primeros estatutos de una organización 'profesional' de guardiaciviles. Y resalto lo de 'profesional' ya que por aquel entonces ya existían y siguen existiendo organizaciones de miembros del Cuerpo que solamente sirven para sacar los cuartos a sus obligados asociados a mayor gloria y regocijo de los máximos mandatarios beneméritos. No hace falta puntualizar, ya sabemos cuáles son.-

Así, una vez liberado de su encarcelamiento y archivados los presuntos delitos de sedición por falta de pruebas, Bargados y este servidor se pusieron a la tarea de lograr la inscripción de una organización 'de' y 'para' todos los guardias civiles. En aquellos momentos la ley permitía a los militares la pertenencia a asociaciones que tuvieran como objetivo fines sociales, culturales, deportivos o religiosos. Por tal motivo se elaboraron estatutos que contemplaban todas las opciones viables y todas sus combinaciones, enviándolos al Registro Nacional de Asociaciones para su posible inscripción.-


Dicho Registro rechazó todas y cada una de las peticiones alegando que los estatutos albergaban fines reivindicativos, lo cual -según su opinión-, era incompatible con la condición de militar. El siguiente paso fue adaptar los estatutos a las exigencias del Registro, eliminando cualquier rastro de actividad 'reivindicativa', obteniendo la callada por respuesta. Simplemente optaron por ignorar las peticiones para registrar una organización de guardiaciviles no controlada por la propia Administración. Este hecho provoca lo que se conoce por silencio administrativo, con lo que decidimos iniciar el camino de los tribunales de justicia. Se recurre ante la Audiencia Nacional para obtener un pronunciamiento judicial sobre la legalidad de una asociación de miembros del Cuerpo y para ese propósito se escoge, entre las muchas organizaciones presentadas, una cuyos fines eran socio/culturales y denominada 'Asociación 6 de julio de guardias civiles'.-


En espera de la decisión judicial. La caza de los sindicalistas sigue su curso ya con un régimen disciplinario que permite la labor sin salirse de los cauces internos. Es la forma utilizada con el Sargento José Morata Gargallo, al que tienden una encerrona y, tras el preceptivo expediente disciplinario por falta muy grave, separan del servicio. Vergonzosa situación que 27 años después parece que será revertida a través de una Ley Orgánica. El propio Morata apoyado por un grupo de compañeros y familiares constituye el 26 de abril de 1994 la 'Coordinadora pro-perjudicados por la gestión de Luis Roldán y la corrupción', más conocida por "COPROPER", al hilo del escándalo de corrupción protagonizado por el que fuera primer director general civil de la Benemérita. Reseñar sobre este asunto que, poco después de conocerse el desvío de fondos de la Asociación Pro-huérfanos de la Guardia Civil por parte del mentado Luis Roldán, varios guardiaciviles (entre ellos José Luis Bargados y quien escribe estas líneas) presentaron una denuncia en el juzgado de guardia contra el exdirector general en su condición de socios de la citada asociación y, por lo tanto, perjudicados por el mentado desvío dinerario. Poca gracia hizo la denuncia en cuestión, tanto en el juzgado que recibió la misma como en altas instancias del Cuerpo, más preocupadas, en mi opinión, de mantener el escándalo en el perfil más bajo posible que en aclarar y atajar este tipo de prácticas.-


Ya metidos en pleno 1994, Morata, Bargados, Alejandro Álvarez Borja (otro compañero represaliado por su actividad sindical y también promotor de COPROPER) y yo mismo, mantenemos una reunión en Madrid en donde decidimos que, sea cual fuere la primera organización en lograr ser registrada, serviría de plataforma para lograr una asociación profesional que defendiera los derechos e intereses de todos los compañeros. Y así llegamos al 26 de julio de 1994. En esa fecha la Audiencia Nacional estimó la demanda presentada por José Luis Bargados en el sentido de ordenar la inscripción de la 'Asociación 6 de julio de guardias civiles' en el Registro Nacional de Asociaciones. Cabe recordar que la inscripción de una asociación en el registro correspondiente solamente se realiza a efectos de publicidad, como bien recuerda la aludida sentencia (Recurso 2.401/1994):


«...habida cuenta de que el Texto Constitucional en su art. 22.3 señala que 'las asociaciones constituidas al amparo de este artículo, deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad', lo que viene a demostrar que ni la Ley 191/64, de 24 de diciembre, ni la propia Constitución hacen referencia al contenido del art. 2º del R.D. 713/77, de 1º de abril, resulta que si de acuerdo con los Estatutos y acta fundacional puede deducirse cuales sean los fines perseguidos por la Asociación y estos son lícitos, no hay razón legal y objetiva alguna para denegar esa inscripción, máxime si este acto, como dice el Texto Constitucional, no lo es a efectos constitutivos, y sí solo a efectos de publicidad...».-


Pocos días después del Fallo judicial transcrito, el 2 de agosto de 1994, el Registro Nacional de Asociaciones inscribe la “COPROPER”. Dado lo acordado en la referida reunión de Madrid y que en cuestión de escasas fechas las dos organizaciones encabezadas por Bargados y Morata han logrado su inscripción, deciden juntar esfuerzos y, de esa manera, los días 6 y 7 de octubre de 1994 se produce una reunión en la que se unifican ambas asociaciones y comienza la labor de la ya histórica “COPROPER-6J”. De igual forma se decide una ampliación estatutaria con el firme propósito de convertirse en una organización profesional y un cambio de denominación a 'Asociación Unificada de Guardias Civiles' (AUGC), organización que el propio Bargados ya había intentado inscribir, concretamente el 17 de mayo de 1991. Tanto el cambio estatutario como el de nombre fueron nuevamente rechazados por el Registro Nacional de Asociaciones, dando paso a nuevas pugnas judiciales. Otra vez es la Audiencia Nacional la que falla a favor de COPROPER-6J, mediante Sentencia de 14 de enero de 1998, ratificada posteriormente por el Tribunal Supremo, que afirma que los fines repudiados por la Administración: «...no sólo son completamente lícitos dentro del marco de nuestro Ordenamiento Jurídico, sino que son altamente saludables, al articular a través de la vía asociativa la participación ciudadana, al logro de una Administración que sirva con objetividad los intereses generales, tal y como proclama el art. 103 de la Constitución, a fin de que no se utilicen potestades públicas para el interés privado cuando éste difiere del general a que toda actuación pública se debe por mandato del precepto constitucional mencionado». El contencioso sobre el cambio de nombre a AUGC debió esperar hasta el 2002, siendo el pronunciamiento judicial, de nuevo, favorable.-


Como sabrán la mayoría de lectores, el camino de COPROPER-6J (hoy día AUGC), no fue -ni sigue siendo-, sencillo. A modo de ejemplo destacar dos episodios referidos al fundador de la '6 de Julio'. Justo antes de obtener el pronunciamiento judicial favorable al registro de su asociación, llegaron a imponerle tres faltas leves en un lapso de tiempo de una semana. Y, como segundo plato, la primera reacción ante la sentencia de 26 de julio de 1994 fue la casi inmediata expulsión del Cuerpo de José Luis Bargados. Tras un expediente gubernativo descaradamente injusto, en donde declararon seis superiores del propio expedientado, tres de los cuales manifestaron que se trataba de un buen profesional e incluso uno de ellos afirmó que era el mejor guardia que había tenido a sus órdenes, y los otros tres alegaron todo lo contrario, casualmente los tres mandos que con anterioridad habían sido denunciados por Bargados por presuntos delitos contra la Hacienda Pública, siendo archivadas las denuncias por la justicia? militar. Dos años después, otra sentencia del Tribunal Supremo ordena el reingreso en el Cuerpo de Bargados... ¿A alguien le suenan este tipo de prácticas?


Ejemplos como el anterior han sido el pan de cada día en estos últimos treinta años de movimiento asociativo. Una descarnada persecución que solamente se soporta cuando tienes claros tus ideales y no esperas otra cosa que conseguir dar un paso más hacia la equiparación de derechos y obligaciones con otros cuerpos policiales y ciudadanos en general porque, frente a quienes siempre exhiben como autodefensa la manida frase de "ya sabías dónde te metías", rechazo claro a cualquier tipo de avance, yo siempre recuerdo el primer requisito para ser guardia civil: ser español. Si además tenemos presente el primer artículo de la Cartilla del Guardia Civil, se me hace muy cuesta arriba comprender los comportamientos cortijeros que han sido seña de identidad desde que el Duque de Ahumada le metió mano al decreto fundacional de 28 de marzo de 1844, realizado por Patricio de la Escosura, para crear un Cuerpo militar cuyo apellido es CIVIL, culminando así una vieja aspiración de su padre.-


Pero volviendo al punto en que se constituye COPROPER-6J, debe resaltarse el hecho de que desde ese momento el movimiento asociativo en la Guardia Civil se extiende como una mancha de aceite por todo el país, tratando de que la Constitución y los Derechos Fundamentales de todo ciudadano español sean, no solo defendidos, sino disfrutados por los miembros de la Benemérita y sus familias, inmersos en un universo paralelo donde solamente pueden contemplar y amparar los cambios, sin llegar a experimentarlos. En 1998, COPROPER-6J presenta en el Congreso de los Diputados sus propuestas para el modelo policial en el siglo XXI y su Congreso celebrado en Valencia es espiado por el Ministerio del Interior. El 6 de diciembre de 2001 miles de ciudadanos se manifiestan ante la Dirección General del Cuerpo convocados por la Plataforma de Familiares y Simpatizantes de la Guardia Civil, lo que se repite en 2002 ante el Ministerio del Interior y también en 2003 en Salamanca.-

En 2002 se creó el Consejo Asesor de Personal en la Guardia Civil (CAP), una especie de órgano semidemocrático que buscaba canalizar las inquietudes de los guardiaciviles en un intento de restar protagonismo a la AUGC y resto de asociaciones que nacieron siguiendo nuestro camino. Para este propósito se diseñó un intrincado sistema de votación en el que no podían participar las organizaciones asociativas. A pesar de ello, AUGC apoyó las candidaturas de muchos compañeros que se presentaron individualmente a esas elecciones, obteniendo un total de 32 Vocales en el CAP.-


En 2004, tras el triunfo electoral de Zapatero, se nombra a un general de las Fuerzas Armadas como Director General de la Guardia Civil, el cual no tiene interés alguno en escuchar a los representantes en el CAP, lo que motiva la dimisión de los 32 Vocales apoyados por AUGC. En 2006, concretamente el 02 de noviembre, y tras demanda auspiciada por AUGC, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dicta una sentencia (conocida por “asunto Dacosta Silva contra España”), que considera la sanción disciplinaria de arresto domiciliario que se venía aplicando a los profesionales del Instituto contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos lo que conllevaría finalmente la supresión de este tipo de privaciones de libertad injustificadas. En el propio preámbulo de la Ley Orgánica 12/2007, del vigente régimen disciplinario de la Guardia Civil, se afirma que «las novedades más importantes introducidas se enmarcan en el objetivo que impregna toda la Ley de encontrar un equilibrio correcto entre los instrumentos que el Cuerpo de la Guardia Civil precisa para el mantenimiento de un modelo disciplinario eficiente y actual, con la supresión de determinadas figuras jurídicas cuya aplicación, en circunstancias ordinarias, resultan desfasadas, difícilmente justificables y excesivamente gravosas para los miembros de la Guardia Civil». Pocos meses antes, el 22 de abril de 2006, varios miles de guardiaciviles se concentraron en la Plaza Mayor de Madrid, convocados por AUGC bajo el lema "Guardias civiles por la dignidad y con la democracia". El 20 de enero de 2007 se repite la concentración, en esta ocasión con mayor afluencia de miembros del Cuerpo y muchos de ellos vistiendo el uniforme reglamentario, exigiendo "DERECHOS ¡YA!", lo que provoca, a la postre, una reforma del régimen disciplinario de la Guardia Civil y una ley orgánica de derechos y deberes de los miembros del Cuerpo con reconocimiento expreso de las asociaciones profesionales. En 2009 se celebran las primeras elecciones al nuevo órgano que sustituye al fenecido CAP y denominado 'Consejo de la Guardia Civil'. En esta ocasión las organizaciones profesionales presentan candidaturas y AUGC obtiene 9 de los 15 Vocales en disputa.-


Durante estas tres décadas AUGC ha dado muestras de su fortaleza, signo evidente de sus asentadas raíces, no solamente por ser la asociación que ha liderado cualquier mínimo paso adelante, normalmente ante los tribunales de justicia o instituciones internacionales, sino porque se ha sometido a cambios internos que podrían haber dado al traste con cualquier organización endeble o cuyos promotores buscaran algo diferente al bien común. En la actualidad la Asociación Unificada de Guardias Civiles cuenta con más de 25.000 afiliados y Delegaciones en todas las provincias de España, siendo la mayoritaria con diferencia en el seno del Cuerpo y una de las organizaciones policiales más potentes de Europa por número de asociados.-


Enlace a la sentencia de la Audiencia Nacional (Recurso 2.401/1994)


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